Vigilancia de la Salud
La publicación del Real Decreto 337/2010 en el ámbito de la prevención hace especial
mención a la nueva obligatoriedad de tener las cuatro disciplinas preventivas acreditadas
para poder actuar como Servicio de Prevención Ajeno, es decir, ya no se podrá ser
un SPA sin tener acreditada mediante medios propios la Vigilancia de la Salud.
dbprevenció cuenta con dicha acreditación desde su fundación en el año 2004, muestra
de nuestra solidez como Servicio de Prevención Ajeno y de nuestro interés por ofrecer
un servicio integral y de calidad a nuestros clientes y cumpliendo además así, sin
necesidad de hacer cambios a nivel de estructura ni acreditación, con la nueva legislación.
Aquellos servicios de prevención ajenos que no se adecúen a la nueva legislación
en el plazo de un año quedarán fuera de acreditación, con el consiguiente perjuicio
de sus clientes.
En este sentido, le ofrecemos los siguientes servicios:
- Determinación de Protocolos Específicos
- Exámenes de Salud:
- Previos
- Inicial
- Periódico
- Tras ausencia prolongada por motivos de salud
- Informe al trabajador
- Colaboración con el Sistema Nacional de Salud
- Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
- Colaboración con el Comité de Seguridad y Salud / Delegados de Prevención…
- Análisis de los resultados de la vigilancia de la salud con criterios epidemiológicos
- Campañas de promoción de la salud en lugar de Campañas de salud
- Campañas de vacunación
- Estudio y Valoración de los riesgos que puedan afectar a trabajadoras en situación
de embarazo, a los menores y a los trabajadores especialmente sensibles a determinados
riesgos